Elementos imprescindibles para la política pública de acceso a la información

La cocreación de estrategias y soluciones entre el Estado y los múltiples actores y grupos de interés es fundamental para construir una política que atienda a las necesidades reales de los ciudadanos y no solo a la disposición de información a discrecionalidad de los dirigentes y entidades públicas. / Ilustración: Pablo Pérez

Es necesario formular una política pública de largo plazo que integre los esfuerzos realizados por los gobiernos anteriores, los asuntos pendientes por cumplir de la Ley 1712 de 2014 y cualquier otro esfuerzo para promover la garantía del derecho de Acceso a la Información Pública.

Por Sandra Martínez, Andrea Velasco y Mario Blanco
Transparencia por Colombia

¿Qué quieren y qué esperan los ciudadanos de una política pública de acceso a la información? ¿Qué problemas debería solucionar? ¿Cuál es la información que necesita la gente y no consigue? Estos y otros interrogantes son los que debería responder el nuevo Gobierno Nacional para promover la garantía del derecho de acceso a la información, derecho que en los últimos años ha sufrido varias afectaciones.

Estas afectaciones incluyen el aumento de plazos para dar respuesta a las solicitudes de información ciudadanas durante la pandemia de la COVID-19, la opacidad en la información sobre contratación pública para atender la emergencia (especialmente en empresas de economía mixta y fondos públicos), problemas tradicionales como la falta de calidad y oportunidad de la información pública, y el uso injustificado de la reserva de información pública[1].

Desde la discusión del proyecto de Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública, los diferentes gobiernos han propuesto acciones para fortalecer la garantía de este derecho. Dignos ejemplos son las directrices recogidas en el CONPES 167 de 2013, para mejorar el acceso y la calidad de la información pública para la prevención de la corrupción, y en el CONPES 4070 de 2021, que definió lineamientos de política para la implementación de un Estado Abierto.

Adicionalmente, anteriores gobiernos han promovido la participación de Colombia en iniciativas como la Alianza para el Gobierno Abierto (AGA) y han realizado otras acciones como la Política de Transparencia y Acceso a la Información Pública del MIPG, que orienta a las entidades a fortalecer el componente de Transparencia del Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano y la publicación de trámites.

Asimismo, la Secretaría de Transparencia y el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC) han promovido la generación de conocimiento sobre el fenómeno de la corrupción, por medio de iniciativas tales como el Portal Anticorrupción de Colombia (PACO), que introdujo lineamientos para mejorar la calidad de la información y el fortalecimiento de la transparencia pasiva. Por ejemplo, con la expedición de la Resolución 1519 de 2020 por parte del MinTIC, las entidades deberán implementar estándares de accesibilidad para personas en condición de discapacidad y formatos de publicación de documentos digitales.

Sin embargo, estos esfuerzos han sido intermitentes y no han abordado todos los elementos señalados por las Leyes 1712 de 2014 y 1755 de 2015 para la garantía del derecho de acceso a la información, tales como la reglamentación y el seguimiento a las solicitudes de información presentadas a sujetos obligados no tradicionales, el desarrollo de lineamientos para publicación de información de manera proactiva por parte de sujetos obligados no tradicionales, la elaboración de guías para definir la atención prioritaria de peticiones y para el uso del recurso de reposición e insistencia por parte de solicitantes de información, entre otros.

Por lo anterior, es necesario formular una política pública de largo plazo que integre los esfuerzos realizados por los gobiernos anteriores, los asuntos pendientes por cumplir de la Ley 1712 de 2014 y cualquier otro esfuerzo para promover la garantía del derecho de Acceso a la Información Pública[2].

Es importante considerar cinco elementos imprescindibles para la política pública de acceso a la información. En primer lugar está el enfoque territorial. De acuerdo con el balance de la garantía del derecho de acceso a la información, realizado por Transparencia por Colombia en el año 2021, los municipios de categorías 5 y 6 tienen bajas capacidades institucionales, lo que se traduce en poca disponibilidad de personal, brecha digital, alta rotación del personal por los cambios de administración y falta de conocimiento de los funcionarios frente a los estándares de transparencia pasiva y activa, información clasificada y reservada, y gestión documental (Transparencia por Colombia -TPC- 2021). Por esta razón, la creación de planes y estrategias que aborden las dificultades de los entes territoriales para entregar y generar información serán fundamentales para construir la política pública.

En segundo lugar, se encuentra el tema de la calidad de la información. Se ha evidenciado que los sitios web de las entidades públicas suelen contar con información desactualizada, que no se encuentra en formatos procesables y se presenta de manera desordenada, lo que conlleva a un desgaste por parte de los usuarios de la información (TPC, 2021). Además, las respuestas a las solicitudes de información presentan demoras, ausencia de respuestas, baja calidad o respuestas incompletas (TPC, 2021). El Gobierno Nacional debe hacer énfasis en mejorar la calidad de la información pública, pues de poco sirve divulgar la información si esta no puede ser utilizada, procesada y analizada por los ciudadanos y sujetos interesados.

En tercer lugar, resulta imprescindible trabajar en la transparencia focalizada. Es prioritario publicar información que atienda las necesidades de los diferentes grupos poblacionales. Información de temas como salud, educación, medio ambiente, servicios básicos, subsidios, programas del estado y seguridad es fundamental para que los ciudadanos puedan hacer cumplir sus derechos. Esto exige que en el marco de la política pública se diseñen estrategias para contemplar y atender las necesidades de los ciudadanos en materia de información pública.

Como cuarto punto, consideramos que para tener una política pública robusta es necesario dotarla de presupuesto suficiente para llegar a todos los niveles territoriales, y abarcar a todos los actores. Esto, para no repetir el mismo error del CONPES 4070, cuya baja asignación presupuestal es de apenas 3006 millones de pesos (Departamento Nacional de Planeación -DNP- 2021), a diferencia del CONPES 167 que contempló más de 39 000 millones de pesos para mejorar el acceso y la calidad de la información pública para la prevención de la corrupción (DNP, 2013).

Finalmente, la cocreación de estrategias y soluciones entre el Estado y los múltiples actores y grupos de interés es fundamental para construir una política que atienda a las necesidades reales de los ciudadanos y no solo a la disposición de información a discrecionalidad de los dirigentes y entidades públicas. La Alianza Más Información Más Derechos expresa su voluntad al nuevo Gobierno de aportar en la construcción de estrategias que permitan fortalecer las políticas públicas para la garantía del derecho de acceso a la información.

Si bien estos cinco elementos no abordan en su totalidad los retos del acceso a la información pública en Colombia, pueden ser un punto de partida para formular la política pública. Se requiere de un esfuerzo continuado e integral para que la información pública no se reduzca al cumplimiento de la Ley, sino para que sea útil en la promoción del control social, la participación ciudadana y la mejora del acceso a los derechos de los colombianos.

[1] Estas problemáticas se exploran en detalle en las ediciones pasadas de la revista Destápate y en informes de Transparencia por Colombia como “avances y debilidades para la garantía del derecho de acceso a la información pública”, el Diagnóstico ciudadano al proceso de reconstrucción del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, y los informes de seguimiento a la contratación pública en la emergencia de COVID-19.

[2]Esta es aún una tarea pendiente, ya que el Artículo 32 de la Ley 1712, modificado por la Ley 2195 de 2022, ordena la elaboración de la Política Pública de Acceso a la Información Pública.

Referencias

Colombia, Congreso de la República. Ley 1712, Por medio de la cual se crea la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional y se dictan otras disposiciones (6 marzo 2014): Recuperado de https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=56882

Departamento Nacional de Planeación (2013). CONPES 167 de 2013 Estrategia Nacional de la Política Pública Integral Anticorrupción. Recuperado de https://colaboracion.dnp.gov.co/cdt/conpes/social/167.pdf

Departamento Nacional de Planeación (20 de diciembre de 2021). CONPES 4070: Lineamientos de política para la implementación de un Estado Abierto. Recuperado de https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Conpes/Econ%C3%B3micos/4070.pdf

Transparencia por Colombia (2021). Avances y Debilidades para la Garantía del Derecho de Acceso a la Información en Colombia. Recuperado de https://transparenciacolombia.org.co/2021/09/28/avances-y-debilidades-para-la-garantia-del-derecho-de-acceso-a-la-informacion-en-colombia/

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