Vacunas COVID-19: ¿transparencia vs. salud pública?

La transparencia permite hacer veeduría y llamar a responder a quienes cargan con la dignidad de la responsabilidad política, en un asunto donde ha estado en juego la vida y la salud de millones de personas, y para el que se han destinado cuantiosos recursos públicos. | Ilustración: Daniela Hernández

La transparencia sobre los contratos para la adquisición de vacunas sigue siendo un imperativo de los Estados democráticos. La transparencia total es indispensable para evaluar el desempeño de las autoridades, para saber cuándo, bajo qué términos y con qué condiciones se celebraron estos contratos.

Por Dejusticia

En Colombia, los contratos para la adquisición de vacunas por la COVID-19 parecen amparados por el halo sacro del secreto de estado de los estados absolutistas. Después de varios meses de que el presidente Duque informara, en diciembre de 2020, haber celebrado los primeros, no ha sido posible tener acceso ni a una coma de estos contratos. No ha valido nada. Ni el mandato legal de transparentar activamente la información de interés público, ni las órdenes del Tribunal Administrativo de Cundinamarca (TAC) de entregar los contratos, ni las solicitudes de acceso a los pactos de confidencialidad que, según el gobierno, son el origen y la justificación de su decisión. Ni los derechos de petición, ni las tutelas. Nada.

El principal argumento del gobierno para oponerse a la transparencia es sencillo: Colombia pactó confidencialidad con las farmacéuticas, así que no puede publicar los contratos. Hacerlo sería un incumplimiento contractual que, dada la escasez de vacunas, pondría en riesgo el plan de vacunación. Para el gobierno la salud pública debe primar sobre la transparencia.

Suena razonable, en principio; pero visto en detalle este argumento está soportado en un falso dilema. Veamos: primero, la confidencialidad pactada, al menos de lo poco que se conoce, no cobija todo el texto de los contratos, como lo reconoció el TAC al examinar las cláusulas de confidencialidad en dichos contratos. Segundo, es posible, y de hecho la Ley de Transparencia así lo ordena, publicar versiones de los contratos que reserven información protegida por los secretos industriales y comerciales y liberar el resto para satisfacer la regla general del acceso a la información pública. Tercero, a esta altura no hay evidencia de que, en otros países, la publicidad parcial de los contratos con las farmacéuticas haya dado al traste con el suministro de las vacunas ni con las estrategias de inmunización nacionales. Cuarto, la reserva no puede ser indefinida y en la medida en que se concrete el plan nacional de vacunación, las razones de riesgo a la salud pública pierden potencia.

El caso mexicano ilustra muy bien la posibilidad de lograr el (difícil) equilibrio entre la transparencia y la salud pública en este caso, y nos permite explicar por qué el argumento del gobierno colombiano está soportado sobre un falso dilema.

De noviembre de 2020 a mayo de 2021, en México se presentaron 1490 solicitudes de acceso a la información sobre los contratos celebrados por el gobierno mexicano con distintas farmacéuticas; se presentaron también 114 recursos de revisión ante el órgano nacional garante de la transparencia, con el mismo objeto. Después de varios debates, en mayo de 2021, la Secretaría de Relaciones Exteriores lanzó el portal web Gestión Diplomática sobre Vacunas COVID-19. En este portal se transparentan proactivamente diversas acciones relacionadas con la contratación de las vacunas, entre ellas, las versiones públicas de los contratos para la adquisición de las vacunas de Pfizer, Cansino, AstraZeneca, Sinovac, y las del mecanismo Covax. Todo esto, además, con la expectativa de que, pasados dos años, caduquen las razones para mantener la reserva de estos contratos.

En México, sin embargo, no todo ha sido miel sobre hojuelas. La publicidad de los contratos no es total y no los cobija a todos, como es el caso del contrato celebrado para la adquisición de la vacuna Sputnik, en el que la Suprema Corte de Justicia aceptó un recurso del gobierno federal para impedir su divulgación parcial, por razones de seguridad nacional.

En todo caso, la transparencia sobre los contratos para la adquisición de vacunas sigue siendo un imperativo de los Estados democráticos. La transparencia total es indispensable para evaluar el desempeño de las autoridades, para saber cuándo, bajo qué términos y con qué condiciones se celebraron estos contratos. Para saber si lo que los funcionarios públicos publican en Twitter o dicen en las ruedas de prensa es cierto, completo y comprende todas las aristas relevantes. Es indispensable para poder hacer las preguntas pertinentes, en especial, sobre la eventual responsabilidad del Estado o de las farmacéuticas por las consecuencias de las vacunas. La transparencia permite hacer veeduría y llamar a responder a quienes cargan con la dignidad de la responsabilidad política, en un asunto donde ha estado en juego la vida y la salud de millones de personas, y para el que se han destinado cuantiosos recursos públicos. Sin transparencia no hay régimen democrático que se precie de serlo.

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